17 octubre 2006
Paso a paso
¿Cuáles van a ser los siguientes pasos en la constitución del Colegio Profesional de Terapeutas Ocupacionales de Extremadura?
Estamos a la espera de la publicación en el DOE de la ley. Una vez que esto ocurra, que preveemos será en las próximas semanas y tal como consta en la ley, Asociación de Terapeutas Ocupacionales de Extremadura (A.EX.T.O.) designará una Comisión Gestora que, en el plazo de seis meses contados a partir de la entrada en vigor de la presente Ley, aprobará unos Estatutos provisionales que regularán, necesariamente, el procedimiento de convocatoria de la Asamblea Colegial Constituyente y su funcionamiento, que se celebrará en el plazo de seis meses desde la aprobación de dichos Estatutos provisionales.
En los plazos que inicialmente AEXTO está barajando queremos que esa Asamblea se celebre a finales de enero o principios de febrero.
Podrán participar en dicha Asamblea Colegial Constituyente los profesionales domiciliados en Extremadura.
La Asamblea Colegial Constituyente deberá:
a) Ratificar a los miembros de la Comisión Gestora, o bien nombrar unos nuevos, y aprobar, si fuese el caso, la gestión.
b) Aprobar los Estatutos definitivos del Colegio Profesional de Terapeutas Ocupacionales de Extremadura.
c) Proceder a la elección de las personas que deberán ocupar los cargos correspondientes en los órganos de gobierno colegiales.
Estamos a la espera de la publicación en el DOE de la ley. Una vez que esto ocurra, que preveemos será en las próximas semanas y tal como consta en la ley, Asociación de Terapeutas Ocupacionales de Extremadura (A.EX.T.O.) designará una Comisión Gestora que, en el plazo de seis meses contados a partir de la entrada en vigor de la presente Ley, aprobará unos Estatutos provisionales que regularán, necesariamente, el procedimiento de convocatoria de la Asamblea Colegial Constituyente y su funcionamiento, que se celebrará en el plazo de seis meses desde la aprobación de dichos Estatutos provisionales.
En los plazos que inicialmente AEXTO está barajando queremos que esa Asamblea se celebre a finales de enero o principios de febrero.
Podrán participar en dicha Asamblea Colegial Constituyente los profesionales domiciliados en Extremadura.
La Asamblea Colegial Constituyente deberá:
a) Ratificar a los miembros de la Comisión Gestora, o bien nombrar unos nuevos, y aprobar, si fuese el caso, la gestión.
b) Aprobar los Estatutos definitivos del Colegio Profesional de Terapeutas Ocupacionales de Extremadura.
c) Proceder a la elección de las personas que deberán ocupar los cargos correspondientes en los órganos de gobierno colegiales.
Etiquetas: Colegio, Extremadura