05 febrero 2006

 

Un juzgado de Sevilla rechaza esterilizar a una menor discapacitada que sufre de hipersexualidad

El Juzgado de Primera Instancia número ocho de Sevilla ha rechazado la solicitud de la Junta de Andalucía de esterilizar a una menor discapacitada psíquica y afectada de hipersexualidad por considerarlo una medida "cómoda y barata" para la Administración autonómica. La delegada provincial de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, María José Castro, ha tildado este criterio judicial de "lamentable".

La menor, natural de Sevilla capital, estaba protegida por la Junta desde 1999 y con la guarda de su abuela. Por su discapacidad, la Junta solicitó al juzgado la incapacitación y, por la conducta de hipersexualidad (pérdida de control sobre la sexualidad), la esterilización en una decisión "avalada con informes de profesionales de salud, planificación familiar y de su médico personal" para "garantizar la seguridad e integridad física de la menor.

Aviso a todos los hospitales
Sin embargo, según la resolución judicial notificada a la Junta, el Juzgado acepta la incapacitación pero no acuerda la autorización judicial para practicarle la operación de ligadura de trompas, que el médico sí consideraba adecuada, y dice que lo va a comunicar al hospital porque valora que la petición de la Junta responde a un medida "cómoda y barata".

Asimismo, la sentencia añade que el Juzgado va a poner en aviso a todos los hospitales por si la Junta lo intentara, aún sin contar con esa autorización judicial. Ante la resolución, la delegada provincial de Igualdad y Bienestar Social, María José Castro, ha considerado "cuanto menos lamentable que se haga referencia a criterios de comodidad" y ha asegurado que su departamento vela "en todo momento por el interés de la menor, con una problemática muy concreta y perfectamente justificada".

Asimismo, ha acusado a la autoridad judicial de demostrar "falta de confianza" en una Administración pública "porque se pone en duda la capacidad de la administración no sólo para la toma de decisión sino, por si acaso, acudiera a los hospitales con la menor para someterla a la operación sin la pertinente autorización judicial, procedimiento que la Administración jamás haría".
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[noticia extraida de EL PAIS, 3 de febrero de 2006]

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